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Noticia de interés para operadores con monedas virtuales (criptomonedas)

Recogemos esta noticia de interés fiscal para aquellos que operen con monedas virtuales (criptomonedas).

1.- La agencia Tributaria no ha habilitado en el modelo 720 ( Modelo de información sobre bienes en el extranjero) las casillas para poder informar sobre la tenencia de monedas virtuales, por lo que en la práctica en la presentación  de este modelo respecto al ejercicio 2021 no habrá que informar.

 

2.- Si habrá que hacerlo en el Impuesto sobre Patrimonio.

 

 

INFORMACIÓN DEL PASADO 4 DE MARZO: En el correo enviado aquel día te comentaba

 

 

Te adjunto la noticia que hemos publicado hoy y que se refiere a la obligatoriedad de presentar en Hacienda el llamado modelo 720, sobre información de bienes en el extranjero. Estamos detectando en el despacho cada vez más colegiados que abren cuentas en el extranjero, y extranjeros que vienen a España a ejercer la medicina y que poseen bienes en sus países de origen.

 

Enlace noticia: Pincha aquí.

 

Como novedades respecto al año 2021 tenemos:

 

1.- Obligación de información sobre criptomonedas.

 

La Ley 11/2021 de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164 establece sobre la obligación de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero (Disposición adicional decimoctava LGT) lo siguiente:

 

Se introduce la obligación de informar sobre las monedas virtuales situadas en el extranjero adaptándose así a las nuevas circunstancias existentes en el mundo económico. Se incorpora una nueva letra (la » d» ) en el apartado 1 que queda redactada como sigue:

 

“d) Información sobre las monedas virtuales situadas en el extranjero de las que se sea titular, o respecto de las cuales se tenga la condición de beneficiario o autorizado o de alguna otra forma se ostente poder de disposición, custodiadas por personas o entidades que proporcionan servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales.” 

 

2.- Se mantiene la obligación de presentar el modelo 720 pese a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

 

El pasado 27 de enero de 2022 se publicó la sentencia con el asunto C-788/19 contra la obligación informativa de declaración de bienes y derechos situados en el extranjero, el llamado modelo 720. La sentencia declaró contraria al Derecho Comunitario varios aspectos de la legislación del modelo 720.

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