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LAS COSAS CLARAS

El Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de España (CGCOM) ha presentado un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia, sala de los Contenciosos-Administrativo de Madrid (Procedimiento 149/2018), contra el Consejo General de Colegios de Enfermería, alegando, en lenguaje coloquial, que no tienen competencias para autorizar que un enfermero pudiera dirigir y ser responsable de un centro de medicina estética.

Según lo alegado, el R.D. 1277/2003 define los Centros de Medicina Estética como: Unidad Asistencial en la que un médico/a es responsable de realizar tratamientos no quirúrgicos, con la finalidad de mejora estética, corporal o facial. Los Centros de Cirugía Estética como, unidad asistencial en la que un médico especialista en cirugía plástica, estética y reparadora u otro médico especialista quirúrgico en el ámbito de su respectiva especialidad, es responsable de realizar tratamientos quirúrgicos, con la finalidad de mejora estética corporal, facial o capilar.

Queda claro que en los dos tipos de centros tiene que ser un médico el que dirija y se haga responsable de los diagnósticos y tratamientos.

La pregunta que se nos ocurre ante esta sentencia es: ¿En Canarias,  todos los centros autorizados para practicar la Medicina Estética, cuentan con un médico responsable al frente de los mismos?

La sentencia ha dejado claro que el Consejo General de Enfermería se ha excedido en sus funciones, al no ser competente para regular, sino sólo ordenar su profesión, condenándolo además a pagar las costas.

Pero con independencia de este hecho, el CGCOM ha expresado en el juicio, al entrar en el fondo del asunto, otras razones sobre temas como: funciones propias del médico y del enfermero, y su definición; Historia Clínica y hoja de evaluación y planificación de enfermera, médico responsable como interlocutor principal de la atención e información al paciente, receta médica pública y privada y otros temas en los que existe una gran confusión, por la publicidad engañosa y repetitiva, y que trataremos en próximos artículos para contribuir a que la claridad y la legalidad vigente sean las que guíen nuestras actuaciones como profesionales de la Medicina.

Junta Directiva del COMTF

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