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Informe sobre ópticos-optometristas

La Comisión Permanente del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, en sesión celebrada el día 11 de abril de 2019, acuerda apoyar la petición de la Sociedad Española de Oftalmología en la defensa de los intereses profesionales del colectivo que representan, denunciando la publicidad sobre el cribado de Retinopatía Diabética en las ópticas; porque el diagnóstico es una competencia exclusiva de los médicos, no de los ópticos-optometristas, y no puede ser realizado en sus establecimientos.

Respecto a los informes realizados por oftalmólogos para pacientes en las ópticas, hay que considerar que la profesión de óptico-optometrista permite la inclusión, en su ejercicio de intereses económicos en sus establecimientos abiertos al público, pero esto no es posible en el caso de los oftalmólogos, de forma presencial ni en régimen de concierto o convenio, porque no respeta la incompatibilidad de la conjunción de intereses médicos y económicos en estos locales comerciales.

Constituye otra irregularidad el indebido conocimiento por parte del óptico-optometrista de información clínica del paciente relativa a su diagnóstico y tratamiento cuando recibe los informes realizados por el oftalmólogo.

Los colegiados que deseen consultar el citado Dictamen de De Lorenzo Abogados, remitido a esta Comisión Permanente por la Sociedad Española de Oftalmología, a la atención de Secretarios y Asesores Jurídicos de los colegios provinciales, pueden solicitarlo en la secretaria de este Colegio

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