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El Tribunal Supremo tumba la intención del Gobierno de Canarias de habilitar la indicación enfermera en Canarias

Los recursos presentados por Gobierno de Canarias y otros contra el RD 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros, han sido desestimados por la Sala de lo Contencioso-Administrativo-Sección 4ª- del Tribunal Supremo.

Las sentencias recogen que la competencia para la indicación y dispensación de medicamentos no está incluída en los programas formativos de los títulos oficiales que habilitan para el ejercicio de la profesión de Enfermería, según expone el Abogado del Estado, que sí reconoce que la normativa distingue la posición de los médicos, de los odontólogos y de los podólogos.

El Tribunal Supremo insiste en que la prescripción es una manifestación de actividad de diagnóstico y que ésta corresponde a los médicos, odontólogos y podólogos y no a los enfermeros.

Estas sentencias conllevan imposición de costas para los recurrentes. Hay que recordar que el anterior Consejero de Sanidad del Gobierno de Canarias, impulsó esta medida en contra de la opinión de los representantes de la profesión médica, y como se ve, contraviniendo la Ley, lo que supondrá un coste para las arcas de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Es previsible que se dicten más sentencias en este sentido próximamente, porque hay más recursos interpuestos.

Para acceder a la noticia de Médicos y Pacientes y las sentencias referidas haga click aquí https://www.cgcom.es/noticias/2019/07/19_07_26_sentencias_a_favor_del_cgcom

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