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Justificantes o dispensas para escolares

Estimados colegiados:

Teniendo en cuenta la próxima incorporación de los alumnos a las clases así como la posible solicitud, por parte de los padres o tutores legales, de dispensas a la incorporación presencial de sus hijos a las aulas, queremos, desde el COMTF, hacer saber:

  1. La normativa existente y relacionada con la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 no indica, hasta el momento, imposición a los médicos de la sanidad pública de emitir informes de dispensa de escolarización.
  2. La escolarización es obligatoria en los niveles de educación primaria y secundaria según la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
  3. El médico no está capacitado para hacer justificantes escolares de asistencia o no a los centros escolares. Serán los padres o tutores legales de los alumnos los que deban justificar las ausencias escolares de los mismos.
  4. Cosa distinta es que un paciente solicite al médico un informe sobre la asistencia médica prestada o un certificado oficial sobre su estado de salud. A este respecto, la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, indica que el paciente tiene derecho al conocimiento y obtención de toda la información respecto a su estado de salud. (artículos 4 y 5 de la referida Ley). Por tanto, el médico está obligado a la entrega del certificado médico que contenga la información del estado de salud del paciente. Esto no es justificante de la ausencia de un alumno a su centro escolar.
  5. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo concreta que “los centros docentes sólo pueden recabar datos personales de su alumnado, en la medida que estos sean necesarios para el ejercicio de su función educativa” y “el derecho a la intimidad es especialmente estricto en lo referente a la salud”.

Por todo esto, debemos recalcar que no corresponde al médico decidir la asistencia o no al centro escolar ya que es una medida que debe adoptar la autoridad educativa y sanitaria, así como los padres o tutores legales de los escolares.

Junta Directiva del COMTF

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