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El Servicio de Acreditación y Autorización de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios de Canarias, pasa su actividad solo a la Sede Electrónica

El Servicio de Acreditación y Autorización de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias, traslada su actividad por vía de la Sede Electrónica de los servicios/procedimientos administrativos de nuestra competencia, dando cumplimiento a las directrices marcadas por las Leyes 39/2015 y 40/2015, de 1 de octubre, relativas al desarrollo de la administración electrónica del Gobierno de Canarias.

En este sentido, de conformidad a lo que que establece el art.14.2 de la Ley 39/2015 del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, en todo caso y al menos los siguientes sujetos: a) las personas jurídicas; b) las entidades sin personalidad jurídica; c) quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, d) quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración; e) los empleados de las
Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público.

Se podrá acceder a través en la Web del Servicio de Acreditación y Autorización siguiendo el siguiente enlace donde el usuario puede, además, consultar las ayudas puestas a su disposición para una mejor relación electrónica con la administración:

https://www3.gobiernodecanarias.org/sanidad/scs

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