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CONVOCATORIA PARA LA ELECCION DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE MEDICOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE.

26/7/2021

 

Por acuerdo de la Junta Directiva de este Colegio, en sesión del día 20 de julio de 2021, conforme establece el artículo 16 de nuestros Estatutos Particulares (B.O.C.  nº 113, de fecha 14 de junio de 2016), se convocan Elecciones a los cargos de la Junta Directiva del Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Santa Cruz de Tenerife, con arreglo a la siguiente,

NORMATIVA   ELECTORAL

 

SON ELECTORES.-

 

Todos los colegiados en el Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Santa Cruz de Tenerife en las modalidades de colegiación única y/o colegiación principal que incluidos en el censo electoral, se encuentren al corriente en el pago de las cargas colegiales o, en su caso, exceptuado de las mismas.

 

CONDICIONES PARA SER ELEGIBLE (Art. 15 de los Estatutos vigentes).-

 

Ser español, ejercer la profesión (con las excepciones que a continuación se indican), estar colegiado en las modalidades de colegiación única o colegiación principal, con una antigüedad mínima de 7 años y residir en la provincia de Santa Cruz de Tenerife, estar al corriente en el pago de las cuotas colegiales o exceptuado de las mismas, no estar incurso en prohibición o incapacidad legal o estatutaria y, en caso de querer representar a un grupo específico, estar incluido en el censo electoral del mismo y ejercer la actividad que se aspira a representar. Para los colegiados ejercientes que no posean la nacionalidad española se estará al principio de reciprocidad con el país de origen. En todo caso, se respetará la normativa comunitaria

 

Para los cargos de la Comisión Permanente de la Junta Directiva, así como para la Vocalía de Médicos Jubilados y Asuntos Sociales de la colegiación, no será exigible hallarse en el ejercicio de la profesión, pero sí haber ejercido la misma durante, al menos, un período de diez (10) años en el supuesto de que el candidato a dichos puestos no ejerza la profesión

 

Para la Vocalía de Médicos graduados en los últimos 5 años, Médicos en formación y médicos en demanda o mejora de empleo no se exigirá la antigüedad en la colegiación.

 

Los candidatos a la Vocalía de Asistencia Colectiva y Ejercicio Libre no podrán pertenecer a Junta Directiva, Comisión Delegada, Consejo de Administración, Comisión Asesora o cualquier otro órgano directivo o de asesoramiento de las Compañías de Asistencia Colectiva, cualquiera que fuere el tipo de éstas.

 

Los candidatos a Presidente de Comarcal, sin perjuicio de cumplir con los demás requisitos establecidos para tener la condición de elegibles, además, deberán pertenecer a la zona comarcal para cuya presidencia se presentan.

 

No podrán ser candidatos a la Junta Directiva (constituyendo causa expresa de incompatibilidad) quienes desempeñen cualquier cargo directivo o público en el Gobierno de Canarias, ya sea por elección o por libre designación. A estos efectos no se considerará desempeño de cargo directivo o público el ejercicio de la profesión por orden y cuenta de la Administración.

 

 

              CALENDARIO ELECTORAL

 

Exposición pública de listas provisionales del censo electoral en el tablón de anuncios del Colegio a partir de las 12 horas del día 26 de julio de 2021.

 

Contra dichas listas se podrán presentar reclamaciones hasta las 12:00 horas del día 28 de julio de 2021, publicándose las listas definitivas del censo electoral  a las 12:00 horas del día 29 de julio de 2021, en el mencionado tablón de anuncios.

 

El mismo día 29 de julio de 2021, a las 18:30 horas, se procederá al nombramiento de los miembros de la Junta Electoral por la Asamblea General de Compromisarios, debidamente convocada al efecto. Ninguno de los miembros de la Junta Electoral podrá ser candidato a la Junta Directiva.

 

Desde las 12:00 horas del día 30 de julio de 2021, hasta las 12:00 horas del día 30 de agosto de 2021, se podrán presentar candidaturas, tanto por correo certificado como personalmente, las cuales serán dirigidas a la Junta Electoral ya constituida. Dichas candidaturas se presentarán en un modelo oficial, que se facilitará por la Secretaría del Colegio a los interesados que lo soliciten, a partir del día y hora de apertura del plazo para presentación de candidaturas.

 

El día 06 de septiembre de 2021, a las 12:00 horas se realizará por la Junta Electoral la proclamación provisional de los candidatos a los cargos de la Junta Directiva del COMTF, abriéndose un plazo de 48 horas para las reclamaciones contra la proclamación provisional de candidatos, que expirará a las 12:00 horas del día 08 de septiembre de 2021.

 

El día 10 de septiembre de 2021, a las 12:00 horas, se realizará por la Junta Electoral la proclamación definitiva de candidatos a los cargos de la Junta Directiva del COMTF, abriéndose el periodo electoral.

 

El plazo para la recepción del voto por correo expirará a las 10:00 horas del día 19 de octubre de 2021 (48 horas antes del inicio de las elecciones)

 

Las Elecciones tendrán lugar el día 21 de octubre de 2021, comenzando la votación a las 10:00 horas y terminando a las 17:30 horas de dicho día. Acto seguido se procederá al escrutinio público de los votos.

 

El día 22 de octubre de 2021, a las 12:00 horas, se procederá a la proclamación de los resultados definitivos de las elecciones por la Junta Electoral, que se disolverá a continuación, de no mediar reclamación o incidencia alguna.

 

 

FORMA DE ELECCIONES.-

 

Las candidaturas serán necesariamente en forma conjunta para los cargos de Presidente, Vicepresidente Primero, Vicepresidente Segundo, Vicepresidente Tercero, Secretario General, Vicesecretario, Tesorero, Contador y Presidentes de Comarcal, siendo votados por todos los colegiados de la provincia.

 

Los candidatos a Vocales se podrán presentar en candidatura específica para dicho cargo, de forma individual o conjunta, siendo votados por el grupo profesional al que representarán en el caso de la Vocalía de Atención Primaria, Vocalía de Atención Especializada, Vocalía de Titulares y Rurales, Vocalía de Asistencia Colectiva y Ejercicio Libre y Vocalía de Médicos graduados en los últimos cinco años, médicos en formación y médicos en demanda o mejora de empleo. Los candidatos a las cuatro Vocalías sin adscripción específica a grupo profesional y a la Vocalía de Médicos Jubilados y Asuntos Sociales de la Colegiación, serán votados por todos los colegiados de la Provincia.

 

CANDIDATOS.-

 

Cada uno de los candidatos ha de reunir los requisitos señalados en el Artículo 15 de los Estatutos vigentes y firmará la solicitud de la forma de candidatura que proceda, la cual deberá presentarse ante la Junta Electoral en el plazo establecido. La Firma de cada uno de ellos habrá de coincidir con las acreditadas en su expediente personal archivado en el Colegio. La verificación de las firmas incumbe al Presidente de la Junta Electoral conjuntamente con el Secretario General (en funciones) del Colegio.

 

En los casos de candidaturas conjuntas, cada una nombrará entre sus componentes un representante que asumirá las funciones que a aquélla le correspondan ante la Junta Electoral. En caso de que no se nombrara expresamente se entenderá que esta función corresponde al candidato que se presente para ocupar el cargo de Presidente.

 

En los casos de candidatura individual el representante ante la Junta Electoral será el propio candidato.

 

Es igualmente indispensable para ser candidato a un grupo o Vocalía específica, el estar incluido en el Censo Electoral definitivo del grupo específico al que se pretenda representar.

 

Cuando haya un solo candidato para cualquiera de las vocalías, o una sola de las candidaturas de las presentadas en candidatura conjunta, no será preciso realizar la votación del grupo de que se trate, proclamándose electo o electos junto con los demás candidatos elegidos, en su caso.

 

 

PROCEDIMIENTO ELECTORAL.-

 

La elección de los miembros del Pleno de Junta Directiva será por votación secreta. El voto podrá ser emitido personalmente o por correo certificado, siempre individualmente, mediante papeletas y sobres oficiales facilitados por el Colegio.

Existirán los siguientes modelos de papeletas de votación:

 

1.- Papeleta específica para votación de los cargos de Presidente, Vicepresidentes Primero, Segundo y Tercero, Secretario General, Vicesecretario, Tesorero, Contador y Presidentes de Comarcal (Candidatura Conjunta).

 

2.- Papeleta específica para la votación de las Vocalías sin Adscripción Específica, con su correspondiente sobre de votación.

 

3.- Papeleta específica para la votación Vocalía de Médicos Jubilados y Asuntos Sociales de la Colegiación, con su correspondiente sobre de votación.

 

4.- Papeleta específica para votación del cargo de Vocal de Atención Primaria, con su correspondiente sobre de votación.

 

5.- Papeleta específica para la votación del cargo de Vocal de Atención Especializada, con su correspondiente sobre de votación.

 

6.- Papeleta específica para la votación del cargo de Vocal de Titulares y Rurales, con su correspondiente sobre de votación.

 

7.- Papeleta específica para la votación del cargo de Vocal de Asistencia Colectiva y Ejercicio Libre, con su correspondiente sobre de votación.

 

8.- Papeleta específica para la votación del cargo de Vocal de Médicos Graduados en los últimos 5 años, Médicos en Formación y Médicos en demanda o Mejora de Empleo, con su correspondiente sobre de votación.

 

Todas las papeletas y sobres de votación serán confeccionadas por el Colegio y estarán a disposición de los Sres. Colegiados en la Secretaría del Colegio, a partir del momento de la apertura del periodo electoral, excepción hecha de los Colegiados de las Islas de La Palma, La Gomera y El Hierro, a los que les serán remitidas por correo.

 

Para el voto por correo, se introducirán las papeletas específicas de votación en sus correspondientes sobres y éstos, a su vez, dentro de otro sobre especial cerrado, igualmente confeccionado por el Colegio, en cuyo exterior deberá figurar el nombre y apellidos, el número de colegiado y la firma o firmas utilizadas por el votante, además de las anotaciones necesarias para uso exclusivo de la Junta Electoral. Este sobre cerrado conteniendo a los otros sobres con papeletas de votación, se remitirá por correo certificado a la Secretaría del Colegio dentro de otro sobre ordinario en el que figure de forma destacada la palabra «ELECCIONES», siendo válidos los votos recibidos en la Secretaría del Colegio con 48 horas de anticipación al comienzo de la votación. Este sobre remitido por correo certificado, solo podrá contener el voto correspondiente al colegiado remitente.

 

Abierto el sobre exterior y previo reconocimiento de la firma por el Presidente de la Junta Electoral y el Secretario del Colegio, se custodiarán por los mismos los sobres interiores y sin abrir hasta el momento de la votación.

 

Al concluir el horario de votación y una vez comprobado que el elector no optó por acudir personalmente a votar, el Presidente de la Junta Electoral abrirá uno a uno los sobres con las firmas, identificará al votante y procederá a introducir el o los sobres cerrados con las papeletas de votación en la urna o urnas específicas para cada uno, ubicadas en la sede del Colegio de Médicos, previa comprobación de los cargos a los que el elector puede votar con arreglo al censo electoral.

 

La única Mesa Electoral estará formada por los miembros de la Junta Electoral y quedará constituida en el domicilio social del Colegio, siendo en cualquier caso imprescindible la presencia física de, al menos, dos de los miembros de la mesa durante el transcurso de la votación.

 

Serán nulas todas las papeletas que contengan frases y/o tachaduras, así como las que no se correspondan con el modelo oficial facilitado por el Colegio. En el caso de igualdad en el número de votos de más de un candidato, será elegido el de mayor edad, aplicándose similar criterio para el caso de candidatura conjunta, en donde será elegida la que sume mayor edad.

 

Finalizada la votación se procederá al escrutinio público de los votos, levantando a continuación el acta que incluirá el desarrollo de la votación y el resultado del escrutinio, siendo firmada por los miembros de la Junta Electoral, quienes procederán a la lectura pública de los resultados. Una copia del acta mencionada se elevará al Consejo Canario de Colegios Médicos, dándose cuenta, además, al Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos,  para su conocimiento.

 

La Junta Electoral resolverá toda incidencia relativa al proceso electoral, siendo sus resoluciones ejecutivas, sin perjuicio de los recursos que contra ellas procedan. En los casos de duda, se atenderá a lo dispuesto en los Estatutos colegiales actualmente vigentes.

 

Queda prohibida toda actividad electoral que implique descrédito o falta de respeto personal para los candidatos y esté en desacuerdo con los principios contenidos en las Normas de Deontología, de obligada aplicación. El quebrantamiento de esta prohibición llevará aparejada la exclusión como candidato, por acuerdo de la Junta Electoral, oída la Comisión de Deontología. Queda prohibida la campaña y/o los actos de propaganda electoral en los medios de comunicación. (Artículo 19 de los Estatutos Colegiales)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

RESUMEN DEL CALENDARIO ELECTORAL

 

Fecha    Hora                             Contenido
20/07/21   20:00 Convocatoria de elecciones a los cargos de la Junta Directiva del COMTF, realizada por el Pleno de la Junta Directiva.
26/07/21   12:00 Exposición del listado provisional del Censo Electoral en el Tablón de Anuncios del COMTF y apertura de un plazo de 48 horas para reclamaciones.
28/07/21   12:00 Final del plazo para reclamaciones contra el listado provisional del Censo Electoral.
29/07/21   12:00 Publicación de las listas definitivas del Censo Electoral en el tablón de anuncios del COMTF.
29/07/21   18:30 Nombramiento de la Junta Electoral por la Asamblea General de Compromisarios a celebrar dicho día.
30/07/21   12:00 Apertura del plazo para la presentación de candidaturas.
30/08/21   12:00 Final del plazo para la presentación de candidaturas.
06/09/21   12:00 Proclamación provisional de candidatos a los cargos de la Junta Directiva del COMTF. Apertura de un plazo de 48 horas para la presentación de reclamaciones.
08/09/21   12:00 Final del plazo para la presentación de reclamaciones contra la proclamación provisional de candidatos.
10/09/21   12:00 Proclamación definitiva de candidatos a los cargos de la Junta Directiva del COMTF. Apertura del periodo electoral.
19/10/21    10:00 Final del plazo para la recepción del voto por correo.
21/10/21    10:00 ELECCIONES  a los cargos de la Junta Directiva del COMTF:
21/10/21    17:30 Final de las Elecciones a los cargos de la Junta Directiva del COMTF. Escrutinio de los votos.
22/10/21    12:00 Proclamación de los resultados definitivos por la Junta Electoral. Disolución de la Junta Electoral.

 

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