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Informe jurídico sobre encargar a Médicos/as Residentes de 4º año consultas sin supervisión

CONCLUSIONES.

PRIMERA.- El objetivo de la relación laboral que vincula al MIR con la Administración sanitaria es la obtención del título de especialista mediante
la superación de un programa de formación. De ahí la exigencia permanente de asistencia del tutor, en presencia y apoyo decreciente, claro, pero nunca ausente en su tutela o supervisión, como se ha pronunciado nuestro
Tribunal Supremo.

SEGUNDA.- En la residencia, los médicos en formación son profesionales que deben ir asumiendo cuotas de responsabilidad en la medida de las
competencias adquiridas. Mientras mayor sean los conocimientos, menor la necesidad de supervisión directa de sus acciones.

TERCERA.- El MIR es un médico (un titulado en Medicina, en efecto) pero un médico en formación, adquiriendo conocimientos y experiencia para el
futuro desempeño de su especialidad.

CUARTA.- El espacio competencial de los MIR corresponde dibujarlo a las Comisiones de Docencia, presididas por el Jefe de Estudios, siempre dentro de este contexto formativo.

QUINTA.- El Tutor al final del proceso formativo del MIR, aun cuando no esté presente junto al mismo, ha de estar disponible para atender cualquier
incidencia que precise de su intervención.

SEXTA.- La propuesta efectuada en alguna comunidad autónoma, a los MIR de último año de la especialidad de Medicina de Familia, para desempeñar puestos de difícil cobertura a cambio de incentivos económicos no se concilia con la normativa de aplicación a este colectivo, cuya situación es la formativa.

SÉPTIMA.- Pedirles que pasen una agenda de pacientes, de forma independiente, en los centros en los que rotan, con el objeto de reducir las
listas de espera en aquellos, supone utilizar una figura formativa para cubrir carencias laborales.

OCTAVA.- No se concilia, con el espíritu de la normativa vigente ni con su redacción, la posibilidad de ejercicio sin supervisión por parte de un MIR,
aun cuando se encuentre al final de su período formativo, como si de un especialista titulado se tratara.

NOVENA.- Es loable el propósito de la Administración sanitaria, en los casos expuestos, de allegar asistencia a todas las necesidades, pero el modo de
utilizar a los MIR para ello no es acertado.

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