C/Horacio Nelson 17, 38006 S/C Tenerife
+34 922 27 14 31
+34 922 27 07 66

Colegiación

Actualizado a 28/07/2021

 

COLEGIO OFICIAL DE MÉDICOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE COMTF

DOCUMENTOS NECESARIOS PARA LA COLEGIACIÓN

 

A) Primera colegiación (nuevo ingreso):

1. Original ó Testimonio Notarial del Título de Licenciado en Medicina y del Título de Médico Especialista, en su caso. Si se es recién licenciado, se deberá presentar el documento acreditativo del pago de las tasas por expedición del título, en unión de una en unión de una Certificación Académica de la Universidad donde se ha obtenido la licenciatura.

Certificación Académica de la Universidad donde se ha obtenido la licenciatura.

Los títulos deben estar expedidos, convalidados u homologados por el Ministerio competente.

Títulos de Licenciado en Medicina: C/ Paseo del Prado, 28-4º (28071) Madrid Tel:915065600 Fax:915065706

Títulos de Especialistas: C/ Albacete, 5 (28071) Madrid Tel:916037000 Fax:915505947

2. Original y copia del Documento Nacional de Identidad / N.I.E. / Pasaporte (En Vigor).

3. Una fotografía tamaño carnet.

4. Número de cuenta corriente bancaria abierta en cualquier entidad del territorio nacional, en unión de algún documento acreditativo de la titularidad de la misma.

5. Cuota de nuevo ingreso en el Colegio (150 €) en efectivo.

Cuota de ingreso con  traslado (130 €) en efectivo.

Una vez tramitado el expediente de colegiación por la Junta Directiva, el pago trimestral de las cuotas colegiales se estipulan según el tipo de colegiación:

Cuota General…………………. 26,00 € / mes (78 € al trimestre).

Cuota Reducida………………..20,00 € / mes (60 € al trimestre).

Además de lo especificado en los apartados 1 al 5 del apartado A), deberá acompañar lo siguiente:

B) Colegiados procedentes de países miembros de la UE

Certificación expedida por la autoridad competente del país de origen o de procedencia en el que se especifique que el solicitante no está inhabilitado, temporal o definitivamente, para el ejercicio profesional. Esta certificación deberá venir acompañada de traducción oficial al español (en su caso) y ser expedida como máximo tres meses antes de su presentación y estar debidamente legalizada.

Título Original del País de Origen.

Certificado de Notas

C) Colegiados procedentes de terceros países.

Además de lo especificado en los apartados 1 al 5 del apartado A), deberá acompañar lo siguiente:

Certificación expedida por la autoridad competente del país de origen o de procedencia en el que se especifique que el solicitante no está inhabilitado, temporal o definitivamente, para el ejercicio profesional. Esta certificación deberá venir acompañada de traducción oficial al español (en su caso), ser expedida como máximo tres meses antes de su presentación y estar debidamente legalizada.

Título Original del País de Origen.

Certificado de Notas

D) Colegiados procedentes de otros Colegios:

Además de lo especificado en los apartados 1 a 5 del apartado A) anterior, deberá acompañar lo siguiente:

Original del Certificado de Baja del Colegio de procedencia.

E) Colegiados con expedientes de reingreso:

Los  colegiados que ya hayan estado inscritos en este Colegio, además de lo especificado en los apartados 1 a 5) anterior, deberá acompañar lo siguiente:

Si procede del extranjero

Certificación expedida por la autoridad competente del país de origen o de procedencia en el que se especifique que el solicitante no está inhabilitado, temporal o definitivamente, para el ejercicio profesional. Esta certificación deberá venir acompañada de traducción oficial al español (en su caso) y ser expedida como máximo tres meses antes de su presentación.

Si procede de otro Colegio (habiendo estado colegiado en este Colegio en su momento)

Original del Certificado de Baja del Colegio de procedencia. 

Translate »
X